Direitos Reais - Parte I - Español Jurídico
terça-feira, 16 de agosto de 2011
Atualizado em 15 de agosto de 2011 15:19
Detenção, posse e propriedade
1) Observa-se que os termos tenencia e detentación são frequentemente traduzidos como posse. Porém, uma breve análise dos conceitos desses termos à luz dos Direitos Reais demonstra que o adequado seria traduzi-los como detenção.
Posse
-
Posesión
Possuidor
-
Poseedor
Detenção
-
Tenencia ou Detentación
Detentor
-
Tenedor ou Detentador
"Creo necesario establecer (...) que existe posesión (civil o natural, como dirían los españoles) cuando existe voluntad de poseer para sí -ius possidendi-, sea com voluntad dominial, esto es, como dueño, o sin serlo, desconociendo su derecho (Ejm. el precario) o con simple voluntad posesoria, vale decir con animus possessionis, que Messineo le denomina "el derecho de poseer", como es el caso del arrendatario, usufructuario, comodatario, entre otros. Ello significa reconocer a la posesión como un interés jurídicamente protegido (derecho subjetivo) que permite el ejercicio de las acciones de defensa posesoria, aun cuando el poseedor no sea propietario del bien. Por otro lado, consideraremos que existirá simple detentación o tenencia cuando se ejerce un poder de hecho sobre un bien, pero éste no se ejerce para si, sino para otro, siguiendo sus instrucciones u órdenes; en este último caso, es evidente que no existe posesión, en consecuencia el detentador no puede ejercitar la defensa posesoria interdictal."1
2) Termos relacionados:
Propriedade
-
Propiedad
Proprietário
-
Propietario
"(...) independiente de la "prueba" de la propiedad, resulta necesariamente que el no propietario que posee goza igualmente del beneficio de esta protección."2
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1 LAMA MORE, Hector Henrique. La Posesión y la Posesión Precaria en el Derecho Civil Peruano. Disponível em: (Clique aquí)
2 Idem.